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Certificado de Supervivencia

JUBILADOS Y PENSIONADOS

En relación con la Ley 27.721/2023 sobre la eliminación del trámite de fe de vida a jubilados y pensionados, se informa que rige solamente para jubilados y pensionados que estén radicados en Argentina.

Jubilados/as y Pensionados/as residentes en el exterior deben continuar realizando el respectivo Certificado de Supervivencia en el Consulado con jurisdicción en su lugar de domicilio, a fin de evitar la suspensión del pago de sus haberes previsionales.

Se recuerda que el envío de los respectivos certificados de Supervivencia debe ser tramitado las dos veces al año estipuladas por ANSES (en enero o febrero y en julio o agosto) a fin de mantener la continuidad de las transferencias correspondientes. La ANSES emitió la Resolución ANSES Nº 277/2021, que en su artículo 5° dispone: "(...) ARTICULO 5°.- Los beneficiarios que se encuentran ausentes del país y que perciben sus haberes a través de la figura de Banco Apoderado deberán presentar el certificado de supervivencia semestral ante el banco apoderado, o ante la ANSES a través de los mecanismos previstos a tal fin, a partir del 1 de enero de 2022 (...)". 

Los beneficiarios podrán acreditar su supervivencia en forma presencial en el Consulado, o bien a través del procedimiento de certificación remota/a distancia para realizar Certificados de Supervivencia, según les resulte más conveniente:

1. En el Consulado: solicitar turno a creci@mrecic.gov.ar y, el día del turno, concurrir con el DNI original y comprobante de número de beneficio.

2. A distancia: completar y firmar en un cartorio -escribanía- por autenticidade (no por semejanza), el archivo "modelo_solicitacao_de_supervivencia" (adjunto debajo). Luego enviarlo junto con copia de ambas caras del DNI y del comprobante de número de beneficio, por correo postal, a Rua Padre Carapuceiro, 858, sala 901, Empresarial Cícero Dias, Boa Viagem, Recife- PE (CEP 51020-280). NO OLVIDE incluir en el formulario datos de contacto claros (Tel e Email) ya que será contactado. 

3. Remoto: enviar vía correo electrónicocreci@mrecic.gov.ar al consulado el formulario "certificacion_remota_de_supervivencia" (adjunto debajo) completo pero sin firmar, con copia de ambas caras del DNI y comprobante de número de beneficio, y solicitar un turno para una videollamada con el funcionario consular.

En casos de certificaciones de firmas en formularios ANSES para iniciar trámites de jubilación/pensión en la República Argentina, indefectiblemente se realizará de manera presencial, con turno previo solicitado por correo electrónico a creci@mrecic.gov.ar

Para consultas sobre sus haberes jubilatorios y calendario de pagos, debe comunicarse directamente con ANSES al teléfono: 54 11 4015 5825
O por correo electrónico a: residentesexterior@anses.gov.ar
Para el Banco Nación: jubilacionesalexterior@bna.com.ar

 

 

Fecha de actualización: 08/01/2025